Cómo deducir los gastos de tus dietas si eres autónomo
La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo permite que los profesionales por cuenta propia se deduzcan los gastos de su dieta diaria de manutención. Sin embargo, muchas personas desconocen cómo hacer esta gestión con Hacienda y por ello no la realizan. En este artículo trataremos de aclarar todas las dudas respecto a la deducción por dieta de los autónomos.
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ToggleDificultades de los autónomos para deducir sus dietas
A pesar de que son muchos los autónomos que se ven obligados a comer fuera, pernoctar o ambas cosas, no siempre tienen claro cómo proceder a deducir estos gastos. Desde 2018 existe una ley que permite esta gestión por parte de las personas autónomas. Una gestión que en ocasiones deja de realizarse bien por desconocimiento de la ley o por desconocimiento del proceso.
El temor a poder incurrir en una infracción es un hecho que retiene a muchos autónomos a la hora de realizar gestiones adicionales con Hacienda, como puede ser, precisamente, la deducción de los gastos de manutención. Sin embargo, no tienes nada que temer, ya que vamos a explicarte en qué casos concretos puedes deducir estos gastos y cuál es el proceso.
¿Qué cantidades pueden deducirse los trabajadores?
Antes de responder directamente a la pregunta, vamos a exponer cuántas comidas al día son deducibles y en qué situaciones. Los trabajadores autónomos tienen derecho a desgravarse el desayuno, la comida y la cena que realicen durante los días laborales, sin exceder una cantidad máxima que veremos a continuación. Aunque lo normal es que estos gastos se produzcan de lunes a viernes, también pueden tener lugar los fines de semana cuando se justifiquen motivos de trabajo.
Las cantidades máximas que la persona autónoma puede desgravar, según ha fijado la Administración, son las siguientes:
- Un máximo de 26,67€ al día por las comidas que tengan lugar dentro del territorio nacional.
- Un máximo de 48,08€ al día por las comidas que tengan lugar fuera del territorio nacional.
- Un máximo de 53,67€ al día por pernoctar en España fuera de la localidad a la que pertenece el autónomo.
- Un máximo de 91,35€ al día por pernoctar fuera de España.
Requisitos de los autónomos para deducirse las dietas
Como cabía esperar, Hacienda pone una serie de requisitos para poder hacer efectiva la deducción. Estas condiciones son:
- Que las comidas se realicen en establecimientos de restauración y hostelería. Es decir, han de realizarse en bares o restaurantes y no en la propia vivienda o lugar de trabajo del autónomo.
- Que la actividad tenga lugar durante el desempeño del trabajo.
- Que el pago se realice de manera electrónica. Esto significa que las comidas han de pagarse con tarjeta, contactless o cualquier otro mecanismo electrónico.
- Que la cantidad deducida no exceda los importes expuestos por la Agencia Tributaria y que han sido detallados anteriormente.
- Las facturas, tickets o comprobantes deberán ser guardados durante, al menos, un periodo de cuatro años.
El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos puede derivar en una sanción por parte de Hacienda. Aun así, no debéis preocuparos, ya que si seguís estos puntos no tendréis ningún problema.
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